Brechas de seguridad

 ¿CÓMO ACTUAR ANTE BRECHAS DE SEGURIDAD?

¿Qué es una brecha de seguridad?

Se trata de cualquier comunicación o acceso por persona no autorizada a los datos personales, producida por un error o por un ataque intencionado contra el archivo.

También hablamos de brecha de seguridad cuando el error o el ataque provoca la destrucción o alteración de los datos personales almacenados.

¿Cómo reaccionar ante la brecha de seguridad?

  •  Primero: Ante la menor duda de que haya existido un riesgo para los datos, debe comunicarse al Delegado de Protección de Datos en Madrid. La comunicación debe ser inmediata, aunque pueda resultar una falsa alarma.

             Al mismo tiempo, hay que adoptar medidas urgentes para eliminar el posible riesgo.

  • Segundo: De manera conjunta con el Delegado de Protección de Datos, se procederá a determinar si la brecha de seguridad es real y si constituye un riesgo para los derechos de los titulares de los datos. Esto puede tener lugar cuando se trate de datos de menores, datos vulnerables o datos que puedan causar daño a la reputación, entre otros. 

               Es importante que en el momento de producirse la brecha, se recabe toda la información posible.

  • Tercero: Si a la vista de lo anterior OMP lo considera necesario, se comunicará a los posibles afectados y a la AEPD la existencia de esta brecha de seguridad.

El plazo para todo ello es solamente de 72 horas, por lo que la actuación debe ser muy rápida. 

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